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Artículo 6 Ley 720 de 2001

a) Contribuir al desarrollo integral de las personas y de las comunidades, con fundamento en el reconocimiento de la dignidad de la persona humana y la realización de los valores esenciales de la convivencia ciudadana a saber: La vida, la libertad, la solidaridad, la justicia y la paz. El voluntariado se fundamenta en la búsqueda del desarrollo integral de la persona humana, con todas sus carencias y necesidades, así como en sus valores y fortalezas.

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b) Fomentar, a través del servicio desinteresado, una conciencia ciudadana generosa y participativa para articular y fortalecer el tejido social. El trabajo voluntario aporta a la construcción de una sociedad civil fuerte y cohesionada. Estas actividades fomentan la confianza entre los ciudadanos y ayudan a desarrollar normas de solidaridad y reciprocidad, elementos esenciales para establecer una comunidad, formar una sociedad más unida, estable y a la vez, más próspera económicamente.

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